CONSULTORIA INTERNACIONAL
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En el despacho de AC-Abogados Consulting está consultando con abogados especialistas, que trabajan para ayudar y aconsejar a los extranjeros que desean invertir en España y / o establecer su residencia inicial en una en las provincias españolas.
Nuestros expertos pueden administrar y representar a sus clientes en la cantidad de procedimientos precisos en la venta de una casa. Sabemos que es muy complicado implementar el mismo proceso por la ignorancia de los procesos, plazos y presentación de documentos, y ahora es necesario para algunos procedimientos sean presentados por un abogado, por esa razón, después de consultar que proporcionamos el servicio que necesita, por lo que Puede resolver su situación fácilmente y lo antes posible.
Solo contáctenos y háganos saber su caso, a partir de ese momento nuestros expertos le informarán y diseñarán un plan de acción detallado para los procedimientos que su caso necesite. Además, le proporcionaremos un presupuesto personalizado, por lo que sea cual sea su situación, en AC-Abogados Consulting, encontrará el apoyo que necesita en el proceso, esto importante.
TRAMITES QUE REALIZAMOS
VISADOS
Un visado o visa es una autorización condicionada que otorga un país,típicamente a un ciudadano extranjero,para entrar y permanecer temporalmente en dicho país,o para abandonarlo.Los visados actúan como una norma entre países para legalizar la entrada o estancia de personas en un país donde no tengan nacionalidad o libre tránsito,ya sea por convenios bilaterales entre el país de la nacionalidad de la persona y el país de destino,todo fundamentado por una razón bien definida.
Tramitamos todo tipo de visados que necesite:
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VISADOS SCHENGEN
Un visado Schengen obtenido por cualquiera de los países miembros del Espacio Schengen permite la libre circulación a su titular, dentro del Espacio Schengen completo de la Unión Europea, así como < los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) de Schengen, hasta su validez y teniendo en cuenta las limitaciones de tiempo. Según el tipo de visado expedido por la embajada/consulado de cualquier país del Espacio Schengen, existen diferentes restricciones que se aplican al visado particular de acuerdo con la naturaleza de los viajes y otras circunstancias relevantes.
A)- Corta duración.
Permite la permanencia en España por un periodo ininterrumpido o una suma de períodos sucesivos cuya duración no exceda de 90 días por semestre.Es un visado válido cuya duración máxima de permanencia en España no podrá superar nunca los 90 días.Son visados que no habilitan para trabajar.Solicitados, por ejemplo para visitas turísticas,de negocios,familiares, para servicios médicos,asistencia a congresos o reuniones.
B)- Larga duración.Caben dos modalidades:
1-Residencia temporal.
Autorización de residencia temporal no lucrativa.
Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
2-Residencia de larga duración.
C)- De tránsito.Es aquel visado válido para transitar por las zonas internacionales de tránsito de uno o varios aeropuertos de los Estados miembros, sin acceder al territorio nacional. Permite la estancia durante las escalas o enlaces de vuelos.
D)- De la Ciudad Autónoma de Ceuta.Solo permite la entrada sin derecho a pernoctar.
ASILO POLITICO
De acuerdo con el artículo 1.A.2 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951,un refugiado es una persona que“debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza,religión,acionalidad,pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas,se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o,a causa de dichos temores,no quiera acogerse a la protección de tal país,o que,careciendo de nacionalidad y hallándose,a consecuencia de tales acontecimientos,fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual,no pueda o,a causa de dichos temores,no quiera regresar a él”.
Por su parte,la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria en su artículo 3,establece que“la condición de refugiado se reconoce a toda persona que,debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza,religión,nacionalidad,opiniones políticas,pertenencia a determinado grupo social,de género u orientación sexual,se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o,a causa de dichos temores,no quiere acogerse a la protección de tal país,o al apátrida que,careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o,a causa de dichos temores,no quiere regresar a él,y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”.
¿Quién puede ser beneficiario del asilo/protección subsidiaria?
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 12/2009 las personas que solicitan protección internacional pueden ser beneficiarias de la llamada protección subsidiaria/asilo en aquellos casos en los que las autoridades aprecien la existencia de motivos fundados para creer que si regresaran a su país de origen se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves previstos en la ley,a pesar de no reunir los requisitos para ser reconocidas como refugiadas según la Convención de Ginebra de 1951.El artículo 10 de la mencionada Ley establece como daños graves que pueden dar lugar a la protección subsidiaria los siguientes:
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ASILO POLITICO
● la condena a pena de muerte o el riesgo de su ejecución material;
● la tortura y los tratos inhumanos o degradantes en el país de origendel solicitante;
● las amenazas graves contra la vida o la integridad de los civiles motivadas por una violencia indiscriminada en situaciones de conflicto internacional o interno.
CIUDADANOS DE LA UE, DEL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y SUIZA
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Certificado de registro.
●Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea,de otro Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. -
Certificado de residencia permanente.
●Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea,de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza que cumplan los requisitos. -
Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
●Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza,que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados,cuando se reúnan con él o le acompañen,y vayan a residir en España por un período superior a tres meses,deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea. -
Tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
●Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea,o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza,que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados,que cumplan los requisitos.
CIUDADANOS DE OTROS ESTADOS
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Estancia en España
●Situación de estancia.Permanencia en España para un fin distinto a residir y por no más de noventa días por semestre.Visados de estancia,prórrogas de estancia de corta duración(sin visado),estancia por estudios,fuera de la UE y movilidad dentro de la UE,autorización de estancia para actividades de investigación o formación,autorización de estancia por movilidad de alumnos,prácticas no laborales, servicios de voluntariado,prórroga de estancia de todo tipo de autorizaciones. -
Residencia Temporal
●Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral. -
Reagrupación familiar
●Es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España,en virtud del derecho a la reagrupación familiar. -
Residir y trabajar en España
●Residencia temporal y trabajo.Autorizaciones para residir y trabajar en España.
○Trabajo por cuenta ajena
○Trabajo por cuenta propia
●Residencia temporal y trabajo para la investigación.
Información sobre actividades de investigación o formación DE CARÁCTER LABORAL.
●Movilidad de los extranjeros admitidos como investigadores en Estados miembros de la UE.
●Autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados.
●Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea.
●Residencia con excepción a la autorización de trabajo.Supuestos en que no se necesita autorización de trabajo para trabajar en España.
●Residencia temporal y trabajo de duración determinada.Residir y trabajar en España por un periodo de tiempo inferior a un año(contratos de temporada,prácticas de formación,contratos de obra o servicio,contratos para personal de alta dirección). ○Temporada o campaña.
○Obra o servicio.
○Personal de alta dirección,deportistas o artistas de espectáculos públicos.
○Formación y prácticas profesionales.
●Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.Extranjeros que trabajen en una empresa establecida en un Estado que no pertenece a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo y tienen que desplazarse temporalmente a España, lleva en esa actividad un mínimo de un año y en esa empresa un mínimo de nueve meses.
●Autorización para trabajos de temporada o campaña en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
●Entrada,residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado.Procedimiento para autorizar la entrada,residencia y trabajo interés económico,social o laboral,o Trabajos de investigación o desarrollo o docente que requieran alta cualificación,o actuaciones artísticas de interés cultural,cuya tramitación y resolución corresponde a la Dirección General de Inmigración.
●Deportistas profesionales.
●Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales(ESTABLES).
●Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para deportistas profesionales(DURACIÓN DETERMINADA).
●Penados.Autorización de trabajo a penados extranjeros en régimen abierto o libertad condicional o para actividades laborales en talleres productivos de los centros penitenciarios.
●Trabajadores transfronterizos.Trabajadores que residen en zonas fronterizas con España y se desplazan diariamente para trabajar en España pero continúan residiendo en su país de origen.
●Estudiantes.Estancia por investigación o formación,movilidad de alumnos,prácticas no laborales y voluntariado.
●● A utorizaciones de Residencia por circunstancias excepcionales.
●Supuestos de arraigo:Extranjeros que se encuentran en España en una situación irregular (sin una autorización de estancia o residencia).
●Arraigo laboral.Si ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses. Arraigo social.Si ha permanecido en España al menos tres años,cuenta con un contrato de trabajo y acredita vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.
●Arraigo familiar.Si es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española.
●Autorización excepcional por razones humanitarias.Mujeres víctimas de violencia de género. Es una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán obtener las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en España en situación irregular.Los hijos menores de edad o con discapacidad que se encuentren en España en el momento de la denuncia podrán obtener autorización de residencia o de residencia y trabajo en el supuesto de ser mayores de dieciséis años.
●Autorización de residencia temporal por razones de protección internacional.
●Autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades administrativas o interés público.
●Residencia por circunstancias excepcionales por colaboración con autoridades no policiales o policiales,fiscales o judiciales,contra redes organizadas.
●Residencia temporal y trabajo de extranjeros víctimas de trata de seres humanos.
●ABOGADOS CONSULTING ●
●Autorización de regreso.Permite la salida de España y el retorno en un plazo no superior a 90 días.
●Menores de edad.Todos los trámites relacionados con los extranjeros menores de edad.
●Renovación de autorizaciones.Los extranjeros que tengan concedido cualquier tipo de estancia o residencia podrán solicitar la renovación de la misma.
●Gestión colectiva de contrataciones de origen.La gestión colectiva permite la contratación de trabajadores que no se hallen ni residan en España,seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas genéricas presentadas por los empleadores.
●Convenios de movilidad de jóvenes.España ha firmado acuerdos con diferentes países para facilitar la movilidad y acceso a estudios a jóvenes estudiantes,consúltanos.
●CIUDADANOS DE OTROS ESTADOS:●
●AUTORIZACIONES VINCULADAS AL MUNDO DE LOS NEGOCIOS Y AL TALENTO ●
●Resolvemos las condiciones de entrada y residencia para los ciudadanos extranjeros que quieran invertir y emprender en España así como aquellos que trabajen como profesionales altamente cualificados,traslados intraempresariales,investigadores y profesores contratados por universidades,órganos o centros de educación superior e investigación o escuelas de negocios en España (reguladas en la Ley 14/2013,de 27 de septiembre,de apoyo a los emprendedores y su internacionalización).
●Inversores.
●Emprendedores.
●Profesionales altamente cualificados.
●Investigadores.
●Trabajadores que realizan movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas Familiares de los supuestos anteriores.
El despacho de abogados AC-Abogados Consulting cuenta con una experiencia dilatada en cuestiones de derecho civil, laboral , penal, familiar, extranjeria, inmobiliario, accidetes de trafico y seguros y mercantil. Trabajamos en las distintas ramas de derecho para poder defender a nuestros clientes. Los abogados realizan una función de asesoramiento y representación legal. Si tiene alguna duda, no deje de consultar porque esto le puede suponer un ahorro de tiempo y dinero importante. Somos conscientes de que le podemos ayudar gracias a nuestro asesoramiento.
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